La nueva legislación que se espera que entre en vigor el 1 de septiembre de este año introduce dos importantes novedades: (i) la posibilidad de presentar una demanda colectiva (action en reparation collective/rechtsvordering tot collectief herstel); y (ii) permite a los grupos de consumidores afectados por una misma causa obtener daños y perjuicios a través de la intervención de un representante del grupo (représentant du groupe/groepsvertegenwoordiger).
Ahora bien, sólo podrán actuar como representantes de grupo las siguientes organizaciones:
– una organización de derechos de los consumidores, con personalidad jurídica, representada en el Conseil de la Consommation/ Raad voor het Verbruik
– una organización con personalidad jurídica reconocida por el ministro competente; la organización debe cumplir varias condiciones (por ejemplo, 3 años de existencia, que no tenga ánimo de lucro, etc.)
– un defensor del pueblo (que se creará más adelante) con el Ministerio de Asuntos Económicos, aunque exclusivamente durante la etapa de negociaciones en el procedimiento.
No obstante, esta legislación no introduce una acción colectiva general por dos motivos: (i) la legislación bajo la cual se podrá interponer una demanda colectiva aparece recogida de manera exhaustiva en el proyecto de ley; y (ii) sólo los consumidores pueden beneficiarse de la nueva ley.
Sólo las conductas que causen un daño colectivo con una causa común después de la entrada en vigor de esta ley podrán beneficiarse de lo establecido en la nueva legislación.