La Autoridad de Competencia italiana (Autorità Garante della Concorrenza e del Mercato – AGCM) ha sancionado a los principales operadores en la distribución y semidistribución automática (también conocida popularmente como “vending”) de alimentos y de bebidas y a su asociación profesional por una infracción del artículo 101 TFUE.
De acuerdo con la AGCM, estas empresas habrían desarrollado un acuerdo destinado a mantener los precios elevados para preservar su rentabilidad. Para ello, en concreto decidieron lo siguiente:
1) el reparto del mercado y de la clientela a través de un pacto de no agresión que preveía un mecanismo de compensación
2) la coordinación en materia de precios de venta, de tal manera que se frenaban las políticas de precios agresivos provenientes de eventos externos (como, por ejemplo, la subida del IVA).
Como consecuencia de ello, la AGCM ha impuesto sanciones por un total de 100.750.028,00 euros.
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