El 20 de octubre el Department of Justice (DOJ) y la Federal Trade Commission (FTC) han publicado su guía conjunta sobre recursos humanos y derecho de la competencia para advertir sobre los riesgos que se pueden generar en esta unidad de negocio en cualquier empresa. En la guía citan recientes ejemplos de fijación de sueldos entre competidores o acuerdos de “no poaching” o de caballeros para no “robar” el talento de las empresas competidoras.
La guía sirve de orientación para las empresas pero también lanza una seria advertencia al indicar que estos acuerdos serán perseguidos no sólo por la vía civil sino también por la vía criminal. Ambas agencias van a analizar bajo su lupa cualquier intercambio de información entre competidores sobre las salarios y condiciones laborales tales como las encuestas sectoriales sobre salarios.
Este documento supone una gran ayuda para los profesionales de compliance y de recursos humanos ya que aclara conceptos y acerca el derecho de la competencia al departamento de recursos humanos. La guía cita ejemplos en los que han ejercido acciones civiles contra empresas como Adobe, Apple, Google, Intuit y Pixar por “estandarizar“ salarios y condiciones laborales. Asimismo la guía resalta que los acuerdos entre caballeros que implican no contratar trabajadores de otra empresa son ilegales incluso en aquellos casos en los que la autoridad no consiga acreditar el impacto anticompetitivo. Ahora bien acuerdos en el marco de una joint venture pueden no ser ilegales cuando resulten necesarios y razonables para conseguir una colaboración legítima.
El intercambio de información también va a ser vigilado desde cerca y esto afecta en particular a encuestas sectoriales realizadas por asociaciones empresariales.
Implicaciones prácticas:
- Los departamentos de recursos humanos no deben compartir información con otras empresas competidoras sin consultar previamente al departamento legal o de compliance.
- Las empresas deberán desarrollar nuevas estrategias para evitar riesgos en procesos de M& A.
- Es recomendable revisar la participación del departamento de recursos humanos en asociaciones sectoriales.
- El concepto empresas competidoras se define de una forma muy amplia y no se limita a la competencia en el mercado principal si no también se refiere a la competencia en mercados secundarios como es el mercado de la contratación de empleados.
¿Perseguimos estas prácticas en Europa? En cualquier caso, el departamento de recursos humanos también es dueño del riesgo antitrust por lo que dentro de las medidas de prevención la formación debe jugar un papel esencial.
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Fuente: DOJ